¿Hay alguna sección (castigo) en el libro de leyes para poner poderes de otros estudiantes?

El Código Penal de la India y otros estatutos penales de la India no prescriben un castigo por dar asistencia por poder; al Parlamento le preocupan los asuntos más graves de importancia pública.

El poder de promulgar leyes para llevar a cabo los asuntos cotidianos recae en los administradores de la universidad por cualquier nombre que se llame: Senado, Consejo de Gobierno, Junta de Directores, etc. En el momento del inicio, los fundadores de la Universidad, establecen normas a efectos de la gobernanza general de la universidad. El poder de establecer reglas se transfiere aún más a varios comités / personas, como el Comité Disciplinario / Examen / Académico, decanos, supervisores, para hacer frente a los asuntos diarios de la Universidad.

En todas las circunstancias, las reglas prescriben un porcentaje mínimo de asistencia obligatoria que se debe seguir de manera uniforme. Es poco probable que se prescriba un castigo por poder.

Si un apoderado es seguido por actos de comportamiento rebelde destinados a interrumpir la disciplina, el comité correspondiente puede iniciar una acción disciplinaria, pero solo contra ese acto rebelde.

Todos los actos están sujetos a las reglas y en ningún caso la autoridad puede exceder el poder que se les confiere según las Reglas de la Universidad.